Desembocadura
del Río Almanzora
Situada
en el término municipal de Cuevas del
Almanzora tiene una superficie aproximada de
4 hectáreas. Sus márgenes están
encauzados por altos muros de hormigón y su
cauce densamente poblado por cañaverales
y carrizales sin apenas aguas libres.
Desde el punto de vista ornitológico
presenta escasa importancia para las
comunidades de aves acuáticas, destacando
durante la invernada la presencia de algunos
rállidos y ánades. Durante
los últimos años se está procediendo a la
extracción de áridos en esta zona litoral,
afectando a la estructura del aguazal.
Carece de marco legal de protección.
Embalse
de Cuevas del Almanzora
Con
una extensión de 453 hectáreas se sitúa
entre los términos municipales de Cuevas
del Almanzora y Huercal-Overa, al abrigo de
la Sierra de Almagro. Durante la invernada
concentra contingentes importantes de cormoranes
grandes que, en ocasiones, superan el
medio centenar, así como garzas reales,
garcetas comunes, algunos ánades y
larolimícolas.
Entre
las especies nidificantes destacan la gallineta
común, la focha común, el
ánade real y el zampullín
chico, que suelen situarse en la
cola del embalse donde la poca
profundidad permite el crecimiento de
una estrecha franja de vegetación
palustre. Desde el punto de vista
paisajístico tiene un considerable
valor estético, donde contrastan el
intenso azul de sus aguas con un
abanico de tonos ocres de su entorno
árido.
Se
puede acceder a través de la carretera que
une a la localidad de Cuevas del Almanzora
con un la presa del pantano, desde donde
parte una pista que bordea su flanco Oeste,
la cual permanece habitualmente
intransitable para vehículos. Carece de
marco legal de protección y su gestión
corresponde a Confederación Hidrográfica
del Sur.
Salinas
de Terreros
Lindando
con la vecina provincia de Murcia se
localizan las Salinas de Terreros,
pertenecientes al término municipal de Pulpí.
Situadas junto al núcleo turístico de San
Juan de los Terrenos, ocupan una extensión
aproximada de 37,4 hectáreas de terrenos
inundables. Las primeras noticias sobre la
explotación y puesta en funcionamiento de
este saladar se remontan al año 1923,
continuando en actividad hasta 1974. En el
plan de labores correspondiente a este último
año, siendo propietaria la empresa bilbaína
Almacenes Ortega, S. A., la extracción
anual fue de 3.000 toneladas de sal bruta.
Durante este período el agua era bombeada
desde el mar, con el que mantiene un
desnivel de 4 m de altura. Desde entonces,
los aportes del líquido elemento proceden,
principalmente, de aguas de lluvia que
llegan por escorrentía a través de la
Rambla de los Pérez que atraviesa el
complejo hasta desembocar en el mar.
El
tipo de suelo donde se asientan estas
salinas, al que los especialistas denominan
Solonchaks, se caracteriza por su alto
gradiente de salinidad, profundidad y
humedad en prácticamente todo su perfil,
presentando en superficie eflorescencias
salinas. Sobre estos terrenos, totalmente
improductivos en el ámbito agrícola, se
desarrollan comunidades de vegetación halófila
de gran interés ecológico. Entre estas
destaca la presencia del garbancillo
(Halocnemum strobilaceum),
especie representada tan solo en esta
localidad dentro de Andalucía, donde ha
sido olvidada por los responsables del Catálogo
Andaluz de Flora Amenazada y que constituye
una de las principales características biológicas
de este saladar. Por último, cabe destacar
la presencia de tres sistemas de acuíferos
en la zona, aislados entre sí, siendo el
sistema acuífero litoral el que afecta a
las salinas.
Las
aves constituyen el grupo de vertebrados
superiores más abundante y diverso. La mayor
parte de las especies descritas en las salinas
utilizan la localidad durante sus trasiegos
migratorios, de forma habitual u ocasional,
como área de reposo, de alimentación o de
nidificación, dependiendo de sus
requerimientos específicos. La comunidad de
aves acuáticas y marinas, de la que se han
registrado 53 especies, es porcentualmente
mayor a la de aves terrestres, lo que
evidencia la presencia de un humedal y la
influencia de éste en la composición de la
ornitocenosis de la localidad.
La
presencia de aves acuáticas está
relacionada directamente con los regímenes
de precipitaciones; así durante los años
lluviosos, cuando se encharcan
parcialmente las salinas, se producen
concentraciones importantes de
diferentes especies. Por ejemplo,
durante 1989 se llegaron a concentrar más
de 200 flamencos rosados entre
los meses de septiembre y octubre.
En
estos períodos son frecuentes las
observaciones de diferentes anátidas, como el
ánade silbón, el ánade real,
el pato cuchara, la cerceta común
o el porrón común. También se
producen pequeñas concentraciones de ardéidos
como la garza real, la garceta común
y la garcilla bueyera. El grupo más
heterogéneo es el de los limícolos que
ocupan las pequeñas playas que bordean los
charcones; entre los más abundantes destacan
diferentes especies de archibebes, chorlitejos,
cigüeñuelas, correlimos, combatientes
y agujas. Las gaviotas utilizan la
localidad como reposadero, destacando entre
otras especies la presencia de la gaviota
de Audouin. Cabe destacar que los láridos
en general no precisan del encharcamiento del
saladar dado el uso que realizan del mismo.
Las
únicas especies que nidifican de forma
habitual son el chorlitejo patinegro y
el alcaraván, aunque este último debe
clasificarse dentro del grupo de aves
esteparias. Otras especies que nidifican
ocasionalmente son la cigüeñuela y el
chorlitejo chico que, como las
anteriores, no requieren de terrenos
encharcados de forma permanente, al contrario
de lo que ocurre con los rállidos y anátidas.
Tanto el número de especies, como el de
individuos nidificantes aumenta
proporcionalmente al grado de inundación del
medio. De hecho, durante los años lluviosos
se produce un considerable aumento en las
parejas de las especies citadas que crían en
la localidad.
Actualmente
las Salinas de Terreros carecen de ningún
estatus de protección lo que no deja de ser
paradójico al tener en cuenta sus especiales
características de flora y fauna. En cuanto a
la primera, la Directiva 92/93 del Consejo de
la CEE, que tiene por objeto contribuir a
garantizar la biodiversidad mediante la
conservación de los hábitats naturales y de
la fauna y flora silvestres en el territorio
de la Unión Europea, catalogando como hábitats
de interés comunitario a las fitocenosis de Halocnemum
strobilaceum que aparecen dentro del
Anexo I de dicha Directiva. Bajo este
aspecto y teniendo en cuenta el área de
distribución y la ecología de este tipo de
matorrales halófilos es de suma importancia
para el mantenimiento de la biodiversidad
natural en el Sudeste ibérico la conservación
de este tipo de ecosistemas. En cuanto a las
comunidades de fauna de las 81 especies
registradas en la localidad, 27 (33,3%) están
incluidas en el listado de “Especies del
Anexo I de la Directiva 79/409/CEE, sobre
Conservación de Aves Silvestres y especies
incluidas en la propuesta de aplicación de
dicho Anexo presentes en España como
nidificantes, invernantes o en migración”.
Esta situación podría ser motivo suficiente
para la toma de las medidas legales oportunas
que garanticen la protección y conservación
de este singular hábitat.
En
la actualidad, la especulación que se ejerce
sobre los terrenos que ocupan esta localidad y
los cambios de titularidad de los predios que,
en buena parte corresponden al Ayuntamiento de
Pulpí, destacando la existencia de espacios
de dominio público como el cauce de la Rambla
de los Pérez, la Cañada Real de la Costa y
parte de la franja costera donde se asienta,
están provocando una total indefensión del
espacio. La intención de urbanizar la zona
implica la recalificación de los terrenos
como suelo urbano por parte del ayuntamiento.
Esta actuación destruiría irremediablemente
este ecosistema mediterráneo de indudable
valor, vulnerando la legislación ambiental
que prevé la protección y conservación del
mismo. La creación de una figura de protección
legal como puede ser la de Reserva Natural
Concertada, garantizaría la salvaguarda de
este hábitat y permitiría actuar, tanto en
el plano de la protección ambiental, como en
la ordenación de las actividades de uso público.