LA UNIÓN DE CONSUMIDORES DE ALMERÍA-UCA RECUERDA CÓMO USAR LAS HOJAS DE RECLAMACIONES

24-02-05

Pese a que estén presentes en la mayoría de los establecimientos andaluces, muchos ciudadanos no saben cómo usarlas

Todos los establecimientos y comercios andaluces  deben tener un libro de Hojas de Quejas y Reclamaciones debidamente numerado y sellado por las Delegaciones de Gobierno. El problema reside en que, a pesar de que éste suele estar a disposición del cliente que lo solicita, son muchas las personas que acuden a las oficinas de la Unión de Consumidores de Almería-UCA porque no saben cómo usarlo y la empresa en cuestión no le facilita los pasos que debe seguir.  

Para poder utilizar correctamente esta herramienta con la que cuentan los ciudadanos, la Unión de Consumidores de Almería-UCA ofrece una serie de consejos muy útiles: 

-          El consumidor afectado siempre tiene derecho a solicitar una Hoja de Quejas y Reclamaciones y el establecimiento tiene la obligación de facilitárselo.

-          Si el establecimiento se niega a colaborar, oponiéndose a facilitar el documento, la información necesaria, a firmar la copia blanca o rechazando aceptar la copia que le corresponde, el reclamante puede solicitar la presencia de la Policía Local para dejar constancia de estas circunstancias.

-          Las Hojas de Quejas y Reclamaciones se presenta en papel copiativo con tres hojas. La copia blanca es para la administración, la verde para el reclamante y la rosa para el establecimiento.

-          El consumidor afectado, debe rellenar correctamente con sus datos personales la sección denominada “Identificación del reclamante”.

-          En la sección “Identificación del reclamado” se debe consignar los datos de la empresa, que deben ser facilitados por el establecimiento.

-          Se deben exponer los hechos reclamados de la forma más sencilla posible.

-          Tras cumplimentarla el denunciante debe quedarse con la copia blanca y la verde, entregando a la parte reclamada la copia de color rosa.

-          La empresa reclamada deberá contestar al reclamante en el plazo de diez días.

-          Si pasado este plazo el consumidor no recibe contestación o no está conforme con la misma, puede cursar la reclamación presentando la copia blanca en cualquiera de los organismos competentes en materia de consumo: Servicios de Consumo de las Delegaciones del Gobierno, Oficinas Municipales de Información al Consumidor o a la Unión de Consumidores de Almería-UCA.

 

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