Proyecto de urbanización ilegal en Cabo de Gata: "Otro escándalo urbanístico puede manchar la imagen de Andalucía en Europa. La Junta debe poner orden"

COMUNICADO DE PRENSA - Almería, 10-05-07

El pasado 29 de septiembre de 2005 se aprobó el Plan Parcial para construir una urbanización de 48 hectáreas en el Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar con el nombre de Marina de Agua Amarga (SAU-AA-5). Este proyecto se ubicaría en terrenos calificados como Hábitat Prioritario y Exclusivo, ZEPA y LIC ES0000046 por lo que el proyecto vulnera la Directiva 92/43/CEE[1], la Directiva 97/62/CE[2], la Directiva 79/409/CEE[3], y la sentencia del TJCE de fecha 13 de enero de 2005 (Asunto C-117/03). En su día se informó a la Comisión Europea de estos hechos con la consiguiente respuesta del Comisario para el Medio Ambiente, Stavros Dimas, reconociendo que el proyecto se desarrollaría en un espacio protegido por la Unión Europea  (LIC ZEPA- ES0000046 “Cabo de Gata- Níjar”).

El día 19 de abril del presente año, se publicaba en el  BOP nº 075 el edicto del Ayuntamiento de Níjar del periodo de información pública del proyecto de reparcelación de Marina de Agua Amarga, vulnerando de nuevo las reglamentaciones anteriormente citadas.

El eurodiputado de Los Verdes, David Hammerstein considera que "las autoridades locales y autonómicas podrían estar incurriendo en un delito ya que conocen la situación irregular en que se encuentran estos proyectos que se ubican dentro de la delimitación del Parque Natural de Cabo de Gata. Pedimos a la Junta de Andalucía que ponga orden ante el creciente escándalo urbanístico que está llegando a las instituciones y prensa europeas".

Por lo tanto, el eurodiputado ha preguntado a la Comisión Europea qué medidas piensa tomar para asegurar el cumplimiento de la legislación comunitaria.[4]

[1]     DO L 206 de 22.7.1992, p. 7.

[2]     DO L 305 de 8.11.1997, p. 42.

[3]     DO L 103 de 25.4.1979, p. 1.

[4]  Nota del editor: se adjunta la pregunta parlamentaria realizada por David Hammerstein.

 

EUROPEAN PARLIAMENTEN

FORM FOR TALBING PARLIAMENTARY QUESTIONS

To the: COUNCIL

COMMISSION

 

0RAL QUESTIONS

Oral Question with debate (Rule 108)

Question Time (Rule 109)

WRITTEN QUESTIONS

Written Question (Rule 110)

Priority Written Question (Rule 110 (4)


AUTHOR(S):

David Hammerstein

SUBJECT: (please specify)

Aguamarga

TEXT:

En la respuesta a la pregunta E-0983/06, la comisión nos informaba que no estaba al corriente de los hechos señalados en el escrito. Le informamos que se ha publicado con fecha 19 de abril de 2007 en el BOP nº 075 el edicto del Ayuntamiento de Níjar del periodo de información publica del proyecto de Reparcelación de Marina de Agua Amarga, que como el Sr. Dimas señalaba en la respuesta , esta ubicado en el LIC ZEPA- ES0000046 “Cabo de Gata- Níjar”

Este proyecto vulnera el articulo 6 de la Directiva 92/43/CEE, la Directiva 97/62/CEE, la Directiva 79/409/CEE y la Sentencia del TJCE de fecha 13-01-05 (Asunto C-117/03)

La urbanización proyectada se encuentra dentro de los límites del Parque Natural Cabo de Gata según la delimitación legal vigente.

Este proyecto vulnera la Directiva 85/337/CEE modificada por la Directiva 97/11/Ce relativa a evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos o privados sobre el medio ambiente, puesto que no ha sido sometido a evaluación, y puesto que fue sometido a EIA en 1996 y fue desfavorable (BOP 17-05-96)

¿Qué medidas piensa tomar la Comisión para asegurar el cumplimiento de la legislación comunitaria?

Signature(s): Date: 09/05/07


 

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