NOTA DE PRENSA

 

02 de diciembre de 2006

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EL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL CONDENA POR FALTA GRAVE AL JUEZ D. EZEQUIEL GARCIA 

La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial en sesión celebrada el pasado día 7 de noviembre ha acordado imponer una multa a D. Ezequiel García García por la comisión de una falta grave cuando era titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Almería.

El CGPJ acusa a D. Ezequiel García de registrar dos veces las mismas causas penales para aparentar una mayor carga de trabajo.

Ecologistas en Acción y otros particulares habían puesto en conocimiento del CGPJ las dilaciones de dicho juzgado. También habíamos denunciado que a partir de la toma de posesión del juzgado por parte de D. Ezequiel García, las querellas relacionadas con el Ayuntamiento de Níjar comenzaron a turnar en ese juzgado. A estos hechos añadimos en la denuncia que habían desaparecido algunos documentos del juzgado.

Otra noticia relacionada con la Administración de Justicia es que en relación al Juzgado de lo Penal número 1 de Almería, se ha admitido a trámite el Recurso de Apelación dirigido a la Audiencia Provincial solicitando la nulidad del juicio celebrado hace un mes contra algunos responsables de la Consejería de Medio Ambiente, incluido el Delegado Provincial, donde se les acusaba de haber autorizado unas obras que presuntamente destruyeron una planta endémica denominada Androcymbium europaeum.

El Juez de lo Penal número 1 no permitió a los abogados de la acusación particular participar en el juicio por supuestamente haber presentado fuera de plazo el escrito de acusación. A pesar de no existir acusación se celebró el juicio y se absolvió a los acusados.

El Recurso de Apelación se basa en que el escrito de acusación se presentó dentro de plazo, según varias sentencias del Tribunal Constitucional que determinan las formas de computar los plazos. También se pide la nulidad del juicio porque cualquier persona lega en la materia sabe que no se puede celebrar un juicio si no existe acusación. El Juez, en lugar de celebrar el juicio, al no existir acusación, tenía que haber sobreseído la causa.

Más información: 619.78.45.69

 

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