NOTA DE PRENSA

3 de abril de 2006

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La Junta de Andalucía sigue perdiendo pleitos para urbanizar terrenos protegidos

 

La Junta de Andalucía viene perdiendo una  serie de pleitos en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada en los que se discute la posible urbanización de suelos protegidos dentro del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar. El motivo de perder estos pleitos es fundamentalmente porque la Junta de Andalucía no aporta al TSJA los planos del Parque donde aparecen esos terrenos como protegidos y por tanto el TSJA dicta sentencias erróneas declarando urbanizables espacios protegidos por el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Parque.

 

En caso de aportar a los pleitos los planos del Parque es prácticamente imposible que la Junta de Andalucía hubiese perdido esos pleitos porque el PORN del Parque es norma de rango superior sobre la normativa municipal.

 

En algún caso no es que la Junta de Andalucía no haya aportado los planos sino que los ha aportado falsos como en el caso de la Isleta del Moro donde a requerimiento de la Sala, la Consejería de Medio Ambiente aportó a la causa un plano falso donde la Isleta del Moro aparecía con una superficie urbana cuatro veces superior a la que consta en la planimetría legal. En caso de no haber detectado Ecologistas en Acción este intento de engaño a la Sala por parte de la Consejería de Medio Ambiente es más que seguro que el TSJA habría declarado urbanizables terrenos de gran valor ecológico situados al Norte de la Isleta del Moro.

 

La última sentencia que sorprendentemente ha perdido la Junta de Andalucía en el TSJA en Granada ha sido la de fecha 17 de octubre de 2005 contra la mercantil Azata S.A. correspondiente al recurso contencioso administrativo número 2829/98.

 

En ese recurso se discute sobre los terrenos colindantes con la playa de El Algarrobico que se ubican en zonas de protección de Grado B (Áreas de alto valor ecológico, científico, cultural y paisajístico), C1 (Áreas Naturales de Interés General y C2 (Área de Cultivos Tradicionales) dentro del Parque de Cabo de Gata y donde no se permite edificar. Legalmente no se pueden urbanizar esos terrenos que además están sujetos a la normativa europea por tratarse de un LIC donde cualquier actividad requiere ser sometida a Evaluación de Impacto Ambiental de acuerdo con la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo de fecha 13-01-05 (Asunto C-441/03). Esos terrenos también aparecen como protegidos en el proyecto de nuevo PORN.

 

No entendemos como es posible que la Junta de Andalucía haya perdido ese pleito y los anteriores. Tampoco tenemos noticia de si la Junta de Andalucía ha recurrido la sentencia al Tribunal Supremo. En otras ocasiones no lo ha hecho.

 

La realidad de lo que está sucediendo es que la Junta de Andalucía está legalizando lo ilegalizable en base a sentencias erróneas. La Junta de Andalucía debería abrir una investigación para depurar responsabilidades y también debería aportar la planimetría del PORN en los pleitos pendientes de sentencia en el Tribunal Supremo.

 

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