La Consejería de Medio Ambiente declara Monumento Natural la Sabina de Chirivel

 

Ideal. 26-07-03 

ROSARIO CANO/CHIRIVEL

«Centrando la hermosura, a veces rota en desvalimientos, de este lugar, está la sabina milenaria, aislada y sola, símbolo permanente del respirar del mundo, resistente a toda agresión, llamada de la naturaleza que pide ser salvada de agonías de la tierra, testigo mudo en el convulsivo devenir de los hombres...». Así describe Julio Alfredo Egea en su libro Alrededores de la Sabina a este árbol singular, la Sabina Albar de Chirivel, que ha sido declarada Monumento Natural por la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, tal y como se dio a conocer en la reunión de la Junta Rectora del Parque Natural Sierra María-Los Vélez celebrada el miércoles en el Ayuntamiento de Vélez-Rubio.

La declaración de Monumento Natural implica su inclusión en el inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía así como su catalogación e incorporación en el Registro Andaluz de Monumentos Naturales.

Protección especial

En el decreto que se recoge la declaración de Monumento Natural de la Sabina se señala que los monumentos naturales de Andalucía son espacios o elementos de la naturaleza constituidos básicamente por formaciones de notoria singularidad, rareza o belleza que merecen ser objeto de una protección especial y las formaciones geológicas, los yacimientos paleontológicos y demás elementos de la gea que reúnan un interés especial por la singularidad o importancia de sus valores científicos, ecoculturales o paisajísticos, pudiéndose clasificar, de acuerdo con el criterio dominante que motive su declaración como Monumentos Naturales de carácter geológico, biótico, geográfico, ecocultural o mixto.

Igualmente se señala que cualquier actividad que se desarrolle en los Monumentos Naturales deberá ser compatible con la conservación y restauración de los recursos naturales que albergan y tales actividades deberán además tener en cuenta criterios paisajísticos que permitan su integración en el entorno. Se consideran incompatibles con la conservación del Monumento Natural las actividades cinegéticas y los aprovechamientos ganaderos. Los tratamientos selvícolas sobre la Sabina deberán estar supervisados por la Consejería de Medio Ambiente y, por otro lado, se incluye el diseño y construcción de un itinerario que permita la visita al Monumento Natural en condiciones adecuadas, que no suponga ningún riesgo para el árbol y preserve su singular integración en el entorno inmediato.