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TEXTO Y FOTOS: JOSÉ JAVIER MATAMALA GARCÍA
Artículo
publicado por la revista Foco Sur (1997) : nº 18: 8-11 Nuestra provincia no
está exenta de uno de los principales problemas que afectan al Mediterráneo
español, la especulación. Los terrenos situados en la franja costera
producen una fuerte atracción sobre empresas inmobiliarias, que ven en éstos
un codiciado recurso, en una costa como la Española donde encontrar unos
kilómetros de litoral sin urbanizar es la excepción que confirma la
regla. Conservar y proteger nuestro patrimonio natural en estas áreas es
una tarea compleja y siempre sujeta a fuertes presiones, que actualmente
tienen su mayor expresión a nivel provincial en el intento de destruir
uno de los aguazales mediterráneos más emblemáticos, las Salinas de
Guardias Viejas.
Salvemos
Guardias Viejas o la lucha contra la especulación
Bajo este eslogan se
constituyó en 1994, una plataforma social que en la actualidad está
formada por más de 200 entidades y cuyo objetivo es la conservación y
protección de las Salinas de Guardias Viejas (El Ejido) frente al
proyecto urbanístico de la promotora alicantina Ejido-Beach y ante la
falta de actuaciones administrativas. Una década antes, algunos de sus más
fervientes defensores en la actualidad, contribuyeron directamente desde
la Comisión Provincial de Urbanismo a la exclusión deliberada del
enclave dentro del Plan Especial de Protección del Medio Físico de la
Provincia de Almería, en un acto de irresponsabilidad política sin
precedentes. Se pretendía mediante esta actuación “negociar” con Unión
Salinera de España, S. A. el incierto futuro de otros saladares
almerienses de su propiedad como las Salinas de Cabo de Gata, las de
Cerrillos y los Charcones de Entinas, que podrían ser protegidos a cambio
de la “liberalización” de éstos y otros terrenos como las Salinas de
San Rafael (Roquetas de Mar) para su venta y especulación urbanística.
Aceptar las condiciones de este chantaje fue un craso error que nadie
quiere asumir, pero que
evidentemente debe solucionarse dentro del más estricto marco legal
existente. Difícilmente puede avanzarse en el ámbito de la conservación
y protección de la naturaleza si se pierden la objetividad y los
objetivos principales y se cae en la diatriba, en la confrontación política
y en la descalificación, tanto personal, como institucional, que no hacen
más que diluir, eludir y distraer las energías necesarias para corregir
el desaguisado cometido.
En este sentido existe
un amplio marco legal que puede aplicarse tanto a este hábitat como a sus
especies y del cual destacamos algunas de las reglamentaciones más
significativas. A nivel Autonómico destaca el Decreto 4/1986, de 22 de
Enero, por la que se amplia la lista de especies protegidas y se dictan
normas para su protección en el territorio de la Comunidad Autónoma de
Andalucía. Dentro del ámbito nacional serían de aplicación la Ley
4/1989 de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna
Silvestres y Reales Decretos 1095/1989, por el que se declaran las
especies objeto de caza y pesca y se establecen normas para su protección
y Real Decreto 439/1990 por el que se regula el Catálogo Nacional de
Especies Amenazadas y el Real Decreto 1997/1995, de 7 de diciembre, por el
que se establecen medidas para contribuir a garantizar la biodiversidad
mediante la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora
silvestres; cabe destacar la Ley de Aguas de 2 de agosto de 1985, que
contempla no solo la protección de los actuales humedales existentes,
sino también la posibilidad de restaurar aquellos que fueron desecados. Dentro de la Unión
Europea el marco jurídico está establecido mediante las Directivas
79/409/CEE sobre Conservación de las Aves Silvestres, que en sus artículos
4.1 y 4.4 afirma: (4.1) "...1. Las especies mencionadas en el Anexo I
serán objeto de medidas de conservación especiales en cuanto a su hábitat,
con el fin de asegurar su supervivencia y su reproducción en su área de
distribución (...). Los Estados miembros clasificarán en particular como
zonas de protección especial -ZEPA- los territorios más adecuados en número
y superficie para la conservación de estas últimas dentro de la zona
geográfica marítima y terrestre en que es aplicable la presente
Directiva." (4.4) "...4.
Los Estados miembros tomarán las medidas adecuadas para evitar dentro de
las zonas de protección mencionadas en los apartados 1 y 2, la
contaminación o el deterioro de los hábitats que tengan un efecto
significativo respecto a los objetivos del presente Artículo ...".
también destacan la Directiva 91/244/CEE que modifica a la anterior y la
92/43/CEE sobre Conservación de los Hábitats Naturales y la Fauna y la
Flora Silvestres. Así mismo, los Convenios de Berna (Art. 3) de 19 de
septiembre de 1979, relativo a la conservación de la vida silvestre y de
medio natural en Europa y el de Bonn (Art. 3), establecen un amplio marco
de colaboración, protección y estudio de especies amenazadas de extinción
y vulnerables, así como de sus hábitats. Por otro lado el
desarrollo de un proyecto urbanístico de este tipo en la zona presenta
algunos serios interrogantes de viabilidad económica y de seguridad
ciudadana. En primer lugar, como ya se ha comentado, la zona afectada está
situada dentro de una cuenca endorreica proclive a los efectos de avenidas
o riadas características de este área mediterránea y sobre las cuales
existen sobradas referencias históricas y actuales, por lo cual la
ubicación de un núcleo urbano dentro de esta zona podría acarrear
siniestras consecuencias. En segundo lugar, debe de tenerse en cuenta el
ingente gasto de agua potable que un núcleo de este tipo requeriría
dentro de un contexto donde la sobreexplotación y contaminación de los
acuíferos es la nota característica. Así mismo, cabe
preguntarse desde el punto de vista turístico y económico cual es la
necesidad y viabilidad de implantar una nueva urbanización dentro del área.
En este sentido, cabe destacar que el proyecto urbanístico de Almerimar
está consiguiendo durante este último lustro un cierto grado de
consolidación de un turismo estacional, que está contribuyendo a
compensar y justificar las inversiones económicas llevadas a cabo en
urbanización, por lo que parece obvio la necesidad de consolidar y
promocionar el área, como actualmente se está haciendo, en vez de
aventurarse a crear un “Almerimar II”, que ha nadie beneficiaría. Por
otro lado, parece paradójico la poca atención que se le presta a otros núcleos
urbanos costeros como Guardias Viejas, Balerma y Balanegra. En estas
localidades se podría potenciar un turismo rural que no entrara en colisión
con los intereses de las urbanizaciones colindantes, lo que requeriría
fuertes inversiones y el desarrollo de una estrategia común económica y
turística del Poniente Almeriense, antes de atropellar y destruir ese
gran recurso, turístico, didáctico y científico que son los humedales.
El hecho de que
organizaciones de la categoría de BirdLife International y su
representante en España, la Sociedad Española de Ornitología, hayan
catalogado a la zona como Área Importante para las Aves, no es una
situación gratuita o anecdótica, sino el resultado de profundos estudios
de la localidad realizados por expertos, tanto nacionales, como
internacionales. Expuestos estos términos solo cabe calificar a la
situación actual como correspondiente más a un país del Magreb que a
uno europeo. Sería bochornoso que el Alto Tribunal Europeo tuviera de
nuevo que denunciar al Estado Español, como lo hizo en 1993, por un
intento de urbanización de las Marismas de Santoña (Cantabria) dentro de
un proceso similar al que está aconteciendo en las Salinas de Guardias
Viejas. Es necesario en definitivas acabar con este movimiento
especulativo aplicando la legislación vigente y, en cualquier caso, no
abonar más el campo para que otros “listillos” aprovechen este tipo
de precedentes.
Punta
Entinas-Sabinar
Albuferas
de Adra Mención aparte merecen
las Albuferas de Adra, declaradas a mediados de los ochenta Reserva
Natural, máximo grado de protección ambiental de la Junta de Andalucía,
que no ha sido capaz de contener el desarrollo asfixiante de los
invernaderos que durante la última década se han multiplicado en el
contorno (también Reserva Natural) de estas dos pequeñas lagunas que
suman en conjunto 66 hectáreas. Paradigma de la conservación y
reconocidas a nivel mundial como Área de Importancia Internacional para
las Aves están acogidas al Convenio Ramsar y constituyen una Zona de
Especial Protección para las Aves (ZEPA) de la U. E. Parece que unos
metros cuadrados de cultivo bajo plástico pueden con el más prestigioso
de los reconocimientos internacionales. En este caso concreto parece
necesaria la actuación contundente de la Administración liberando al
menos el terreno que separa la Albufera Honda de la Nueva de la presión
agrícola, garantizando así cierto grado de amortiguación de la Reserva
del que actualmente carece.
Las
Salinas de Terreros
Entre los valores botánicos
del enclave destaca su vegetación halófila y la presencia de la rarísima
especie Halocnemun
strobilaceum, que en la Península Ibérica tan solo se halla
representada en las Salinas de Santa Pola, El Alet, Los Balsares, el Hondo
y Elche (Alicante), Totana y Águilas (Murcia) y dentro de la Comunidad
Andaluza en las Salinas de Terreros. A pesar de ser un taxón muy raro no
ha sido incluido hasta la fecha en el Catálogo Andaluz de Flora Amenazada
y en Peligro de Extinción. Sin embargo, a nivel de la U. E. esta especie
está incluida en el Anexo I de la Directiva 92/93 del Consejo de la CEE,
que tiene por objeto garantizar la biodiversidad mediante la conservación
de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres en el
territorio de la U. E., donde se considera a las Salinas de Terreros como
un hábitat natural de interés comunitario. En concreto, las fitocenosis
de esta especie se incluyen, dentro de dicho Anexo I, en el epígrafe de
marismas y pastizales salinos mediterráneos y termoatlánticos:
matorrales halófilos. Entre los vertebrados
descritos en el área destacan 3 especies de anfibios, 17 de reptiles, 14
de mamíferos y 81 de aves de las cuales el 33,3% están incluidas en el
listado de Especies del Anexo I de la Directiva 79/409/CEE (ver párrafo
dedicado a las Salinas de Guardias Viejas). Ambas situaciones son motivo
suficiente como para que se tomen las medidas legales oportunas que
garanticen la protección y conservación del espacio. Sin embargo,
actualmente existe un Convenio Urbanístico suscrito entre el Ayuntamiento
de Pulpí y la empresa IMES, S. A., para el desarrollo del denominado Plan
Parcial Costa 1. En dicho acuerdo se indica explícitamente que los
terrenos de las salinas podrán destinarse a explotaciones piscícolas,
construcción de parques recreativos y otros usos que entran en colisión
directa con la conservación del espacio. Recientemente la empresa
adjudicataria del proyecto ha colocado una serie de carteles anunciadores
de la construcción de un campo de golf que afecta directamente al área,
además de requerir para su realización la catalogación de suelo
urbanizable, por parte del Ayuntamiento de dichos terrenos. En ningún
caso se hace referencia a la vía pecuaria que atraviesa el espacio por la
costa y a la existencia de áreas de dominio público como las ramblas que
recorren las salinas.
Aguazales:
pocos y castigados Haciendo un pequeño
ejercicio de memoria, cabe destacar que desde mediados de los años
cuarenta hasta la actualidad, han desaparecido aproximadamente la mitad de
los humedales españoles, y que tan solo el 1 por 100 de la Península Ibérica
puede catalogarse bajo esta denominación, o solo el 0,2 si prescindimos
de las zonas marismeñas. Algunos datos históricos permiten cuantificar
la extensión perdida por algunos humedales como las Marismas del
Guadalquivir o la Albufera de Valencia, ambas hoy en el 40 y 10 %
respectivamente de su extensión inicial. Esta situación ha sido
favorecida en ocasiones por la propia Administración, como lo demuestra
la tristemente famosa la Ley de 24 de junio de 1.918 y que ha estado en
vigor hasta 1986, conocida popularmente como "Ley Cambó", sobre
desecación de lagunas, marismas y terrenos pantanosos, bajo pretextos de
garantizar la salud pública. Actualmente aunque pocos y aislados son de
vital importancia para un grupo cada vez mayor de aves acuáticas y
marinas amenazadas. Según un estudio realizado a principios de esta década
por la Sociedad Española de Ornitología, en la que se utilizaron a las
aves como bioindicadores, se catalogaron un total de 171 humedales
españoles, 58 de importancia internacional y 113 de importancia
nacional. De éstos tan solo 24 están protegidos legalmente, mientras que
los 147 restantes carecen siquiera de un mínimo grado de conservación
formal. La desecación, contaminación, explotación abusiva de los acuíferos,
sustitución por áreas de cultivo de cuestionable rendimiento y
urbanización incontrolada, son algunas de sus consecuencias que tanto daño
han hecho al patrimonio natural de estos privilegiados y acosados
ecosistemas.
Vías
Pecuarias y Campos de Golf
Almería cuenta con las
mayores densidades por habitante de campos de golf dentro del contexto del
litoral mediterráneo. Situación al menos paradójica, que contrasta con
la debilidad de la Federación Nacional de Golf a nivel provincial y con
la inadecuación manifiesta de este tipo de instalaciones dentro de un
tipo de clima Subtropical Mediterráneo Desértico como es el que
caracteriza a nuestra costa y donde el agua es un bien escaso. El grupo de
nobles y caballeros escoceses que dieron forma al golf como deporte en el
siglo XVIII no podía imaginar que España se convertiría a finales del
siglo XX en el paraíso de los golfistas. Para la autorización de este
tipo de infraestructuras, que requieren de calificaciones municipales de
suelo urbanizable, tendrían que tenerse en cuenta ciertas restricciones
tan obvias como su propia inadecuación a un entorno árido y el gran
consumo de agua pese a la presencia de depuradoras que reutilizan el líquido
elemento. En este sentido España en general y Almería en particular
explotan una serie de adecuaciones impropias para estos lares y paradójicamente
improcedentes dentro de ámbitos más proclives en el contexto
comunitario. La facilidad que la administración española ofrece para la
realización de este tipo de instalaciones y la facilidad para obtener
informes de impacto ambiental positivos que se efectúan, no tiene parangón
en el ámbito europeo a excepción de Portugal y Grecia. La tendencia en
alza de importar hábitos y costumbres alienadas en sus países de origen
es algo que, turística y económicamente, establece aún claras dicotomías
entre Norte y Sur por mucha unificación política que el evento parece
producir. La especulación ha existido, existe y seguirá existiendo siempre, en el contexto de un país donde la picaresca tiene su más arraigada referencia etimológica. Sin embargo, como hemos demostrado en estas líneas existe un amplio marco legal para evitar y erradicar este tipo de tropelías, así como la posibilidad de desarrollarlo y endurecerlo aún más a través de nuestros representantes parlamentarios. La toma de conciencia, la participación y el aumento del conocimiento en temas medioambientales de la ciudadanía continuará siendo un elemento básico e imprescindible en el mantenimiento y conservación de inmenso patrimonio natural de nuestra querida Almería herida. |