GREENPEACE CALIFICA DE "VICTORIA" LA PROTECCIÓN COMO
SUELO NO URBANIZABLE DEL PARAJE DEL ALGARROBICO
FUENTE:
EUROPA PRESS/ALMERÍA. 23-03-12
A través de su cuenta en la red social 'Twitter', la
responsable de la campaña de Costas de la organización
ecologistas, Pilar Marcos, ha considerado una "victoria" la
resolución de la Consejería andaluza de Medio Ambiente con
la que se da cumplimiento a la providencia del pasado día 6
en la que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía
(TSJA) le instaba por segunda vez a ejecutar las
resoluciones judiciales que le obligaban "a otorgar al
sector ST-1, conocido como El Algarrobico, la protección
ambiental adoptada en el Plan de Ordenación de Recursos
Naturales (PORN) de 1994 como espacio protegido no
urbanizable".
Marcos ha celebrado que "por fin" este sector de El
Algarrobico sea considerado espacio protegido no urbanizable
y ha señalado que "nunca debió recalificarse". El Tribunal
Supremo (TS) ratificó en septiembre de 2011 un fallo previo
del TSJA que acordaba suspender de manera cautelar y forma
parcial el PORN del parque natural de Cabo de Gata-Níjar
aprobado por la Consejería en 2008 al estimar que el grado
de protección dado a la zona dejaba la puerta abierta a la
rehabilitación de inmuebles con uso turístico y, por tanto,
al "uso efectivo" del hotel de Azata de una veintena de
plantas y 411 habitaciones con un "efecto devastador"
medioambiental.
En concreto, respaldó la argumentación del Alto Tribunal
andaluz que sostenía que la "ambigüedad" del Decreto del
PORN de 2008 produciría, de aplicarse en un concreto
sentido, "un efecto devastador" en la zona de El Algarrobico
al incluirlo en una zonificación en la que son compatibles
nuevas edificaciones y la rehabilitación de las existentes,
"lo que podría implicar la terminación de la
infraestructura", según el Supremo.
Asimismo, apoyó la tesis del TSJA de que la suspensión
cautelar acordada respondía al beneficio del "interés
público en proteger el medio físico" y que el paraje quedaba
"mejor amparado" con el PORN anterior, de 1994, ya que le da
"una más intensa y mejor protección ambiental, donde no era
posible construcción alguna, ni la legalización de las
ejecutadas".
La Junta de Andalucía defendía en su recurso que la
normativa de 2008, y suspendida cautelarmente en más de 50
puntos por el TSJA en un procedimiento
contencioso-administrativo aún pendiente de resolver e
iniciado a instancias de Greenpeace, era un "refuerzo de la
protección de este espacio natural" almeriense y que
permitiría "en su momento" la demolición del establecimiento
hotelero. |