Los ecologistas condenados a pagar las
costas del caso Androcymbium estudian interponer un recurso
frente a la sentencia
FUENTE: TELEPRENSA. 19-03-09
La Asociación
Amigos del Parque de Cabo de Gata-Níjar, estudia la posibilidad de
interponer recurso frente a la sentencia Las Asociaciones Amigos del
Parque de Cabo de Gata-Níjar y Ecologistas en Acción, han sido
condenadas por la Audiencia Provincial de Almería a pagar las costas por
el procedimiento penal del Androcymbium.
La Audiencia Provincial de Almería ha ratificado
la condena en costas, impuesta por el Juzgado de Instrucción núm. 1 de
Almería en el procedimiento en el que esta Asociación y Ecologistas en
Acción acusaba a altos cargos de la Junta de Andalucía y del Parque
Natural de Cabo de Gata-Níjar de diferentes delitos por haber autorizado
las obras de una tubería que, a juicio de los recurrentes, supusieron un
grave daño para una de las especies de flora protegidas, el
Androcymbium.
La Audiencia Provincial de Almería, en Sentencia de 2 de marzo de 2009,
resuelve el recurso de apelación interpuesto por las asociaciones
ecologistas en el sentido de que haber mantenido este procedimiento
penal por parte de las citadas asociaciones es producto de su mala fe y
temeridad. Dado que el fiscal no acusó y que no había base alguna para
mantener la acusación, lo que denota la mala fe y temeridad de las
asociaciones ecologistas, por lo que se les condena a pagar los gastos
derivados de todo el procedimiento.
Hemos de recordar, sin embargo, que en dos ocasiones, los jueces
estimaron que había indicios racionales de la comisión de un delito,
primero, cuando el juez instructor decidió la apertura del juicio oral
y, segundo, cuando esta misma Audiencia Provincial, que hoy nos condena
por mala fe y temeridad, en su momento, estimó igualmente que existían
indicios razonables de que se hubiera cometido delito, por lo que
ratificó la decisión de la apertura del juicio oral.
En la sentencia del juzgado que nos condenó a dichas costas, el juez
hace constar expresamente que en más de 18 años de ejercicio y en más de
11.000 sentencias dictadas, es la primera vez que condena en costas a la
parte acusadora en un procedimiento penal. El principio acusatorio, como
reiteradamente ha afirmado el Tribunal Constitucional, es una
consecuencia necesaria del Derecho fundamental a la tutela judicial
efectiva que a todos los ciudadanos reconoce nuestra Constitución; por
lo que pretender que los que presuntamente han cometido delitos sean
juzgados es un derecho constitucional. Los jueces son los que habrán de
decidir la culpabilidad o inocencia de los procesados, tras el
correspondiente procedimiento.
Ahora, los abogados de las partes que entonces fueron acusadas y
absueltas habrán de pasar su minuta y el resto de los gastos derivados
de dicho procedimiento, entre otros, los gastos de peritajes. Hasta que
el juzgado no liquide la deuda, no conoceremos el coste de dicha
condena.
Esta sentencia llega en un momento, especialmente malo o bueno, según
del lado que se mire. No es descartable que el montante económico de la
condena pueda arrastrar hasta su desaparición a la Asociación de Amigos
del Parque de Cabo de Gata (y también a la Federación Provincial de EA),
lo que, entre otras cosas, significaría que la Asociación de Amigos del
Parque de Cabo de Gata-Níjar no pudiera seguir con todos los
procedimientos judiciales que esta asociación y Ecologistas en Acción
Almería tienen interpuestos en defensa del parque natural de Cabo de
Gata, y muy señaladamente la demanda que la Asociación de Amigos del
Parque tiene iniciada para la anulación del actual Plan de Ordenación de
los Recursos Naturales del Parque de Cabo de Gata. Al desaparecer estas
asociaciones los procedimientos serian archivados.
La Asociación de Amigos del Parque Natural de Cabo de Gata no escatimará
esfuerzos para afrontar esta condena en costas y, en la actualidad,
estudia la posibilidad de interponer recurso frente a la sentencia.