El Tribunal absuelve a la
Consejería de Medio Ambiente en el caso del
Androcymbium europaeum
FUENTE: TELEPRENSA.
18-07-08
Los representantes de la Consejería pueden
emprender medidas legales contra los miembros de
Ecologistas en Acción y Amigos del Parque
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El secretario general de Patrimonio
Natural y
Desarrollo Sostenible, José Guirado,
junto con el anterior delegado de Medio
Ambiente, Juan José Luque, acaban de dar
a conocer la sentencia del caso del
Androcymbium europaeum, en la que han
resultado absueltos, junto a todos los
responsables políticos y técnicos de la
Consejería de Medio Ambiente imputados.
Guirado y Luque han manifestado que
estudiarán la posibilidad de emprender
acciones legales contra los miembros
Ecologistas en Acción y Amigos del
Parque que los acusaron en 2001 de haber
destruido la especie Androcymbium
europaeum, por ocho años de "daño
continuado al honor y la imagen" a
través de los medios. Los ecologistas
deberán hacerse cargo de las costas,
cuyo coste que recayese en la
Consejería. La sentencia podrá ser
recurrida durante diez días en la
Audiencia Provincial.
Los fundamentos de derecho de la
sentencia establecen que los hechos
poblados no son "constitutivos de los
delitos contra el medio ambiente,
prevaricación, de omisión de perseguir
determinados delitos y encubrimiento,
previstos y penados en los artículos
330, 320 y 330, 408 y 415,3,b del Código
Penal". El propio Luque ha destacado que
en estos mismos fundamentos habla del
derecho a la presunción de inocencia
que, según el juez, "ha pasado a ser
norma directa vinculante para todos los
poderes públicos, erigiéndose en derecho
cardinal y básico de todo ciudadano".
Luque, especialmente breve, afirma que
durante 8 años ha defendido la inocencia
de sus compañeros políticos y del equipo
técnico, que es el responsable de que la
ejecución de la obra se realizase según
la normativa, según Guirado. |
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Juan José
Luque y José Guirado |
Luque y Guirado no hablan de las asociaciones en
su conjunto, ya que mantienen que dentro de
ellas tiene amigos, y que aquellos que no
estaban de acuerdo con "la decisión de estos
grupos" mostraron su apoyo y colaboración en
todo momento. "Es un buen día para aquellos que
defendieron el rigor y un mal día para aquellos
que han mentido y malinterpretado
intencionadamente", asegura Guirado, que dice
que se ha garantizado la conservación de la
riqueza natural y los derechos de los
habitantes, a la vez que no entiende que "una
actuación tan común, como la que da origen a la
querella, con todos los niveles de garantías
haya llegado tan lejos". Guirado declara haber
mantenido una absoluta confianza en la justicia,
que se ha visto "avalada con la sentencia
absolutoria para todos".
El anterior delegado tampoco entiende que "un
grupo de personas haya querido hacer presión y
críticas con una denuncia por un aspecto que no
existía", cuando el camino es el del diálogo, el
de sentarse y debatir.
Entre otros aspectos la sentencia establece que:
-Sobre si en la zona en la que construyó Circulo
Agroambiental SL existían praderas de
Androcymbium europaeum y después no volvió a
nacer, sólo existen tres testigos, uno "no era
profundo conocedor de la zona", el segundo
ratifica que "mantiene un número semejante de "Androcymbium
europaeum", y un tercero que contradice al
anterior, pero que "por su forma de sus
respuestas" y sus "duras manifestaciones contra
los responsables de la Delegación de Medio
Ambiente", no merece credibilidad al juez.
- A ello se suman las declaraciones de la
experta Rodríguez Hiraldo, que apoya el cuidado
de la Consejería, y la replantación del
Androcymbium europaeum llevada a cabo al fin de
las obras. Además, el profesor Monte de la UAL
confirmó que no se trata de una especie en
peligro de extinción, sino que "en la provincia
puede haber alrededor de 12 millones de
ejemplares".
El fallo del juez es el siguiente:
- Absuelve a Jesús Aragón García del delito
contra el medio ambiente del que se le acusa.
- Absuelve a Juan José Luque Ibáñez, José
Guirado Romero y Rosa María Mendoza Castellón de
los delitos de prevaricación en
relación con otro contra el medio ambiente y
de omisión de perseguir determinados delitos que
se les acusa, con declaración de oficio de un
cuarto de las costas procesales y expresa
imposición de la mitad las costas a los
querellantes.
- Absuelve a Ramón Huesa Gallardo del delito de
encubrimiento que se le acusa, con expresa
imposición de un octavo de las costas procesales
a los querellantes.
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