El Tribunal absuelve a la Consejería de Medio Ambiente en el caso del Androcymbium europaeum

 

FUENTE: TELEPRENSA. 18-07-08

 

Los representantes de la Consejería pueden emprender medidas legales contra los miembros de Ecologistas en Acción y Amigos del Parque

El secretario general de Patrimonio Natural y Desarrollo Sostenible, José Guirado, junto con el anterior delegado de Medio Ambiente, Juan José Luque, acaban de dar a conocer la sentencia del caso del Androcymbium europaeum, en la que han resultado absueltos, junto a todos los responsables políticos y técnicos de la Consejería de Medio Ambiente imputados. Guirado y Luque han manifestado que estudiarán la posibilidad de emprender acciones legales contra los miembros Ecologistas en Acción y Amigos del Parque que los acusaron en 2001 de haber destruido la especie Androcymbium europaeum, por ocho años de "daño continuado al honor y la imagen" a través de los medios. Los ecologistas deberán hacerse cargo de las costas, cuyo coste que recayese en la Consejería. La sentencia podrá ser recurrida durante diez días en la Audiencia Provincial.

Los fundamentos de derecho de la sentencia establecen que los hechos poblados no son "constitutivos de los delitos contra el medio ambiente, prevaricación, de omisión de perseguir determinados delitos y encubrimiento, previstos y penados en los artículos 330, 320 y 330, 408 y 415,3,b del Código Penal". El propio Luque ha destacado que en estos mismos fundamentos habla del derecho a la presunción de inocencia que, según el juez, "ha pasado a ser norma directa vinculante para todos los poderes públicos, erigiéndose en derecho cardinal y básico de todo ciudadano". Luque, especialmente breve, afirma que durante 8 años ha defendido la inocencia de sus compañeros políticos y del equipo técnico, que es el responsable de que la ejecución de la obra se realizase según la normativa, según Guirado.

Juan José Luque y José Guirado

Luque y Guirado no hablan de las asociaciones en su conjunto, ya que mantienen que dentro de ellas tiene amigos, y que aquellos que no estaban de acuerdo con "la decisión de estos grupos" mostraron su apoyo y colaboración en todo momento. "Es un buen día para aquellos que defendieron el rigor y un mal día para aquellos que han mentido y malinterpretado intencionadamente", asegura Guirado, que dice que se ha garantizado la conservación de la riqueza natural y los derechos de los habitantes, a la vez que no entiende que "una actuación tan común, como la que da origen a la querella, con todos los niveles de garantías haya llegado tan lejos". Guirado declara haber mantenido una absoluta confianza en la justicia, que se ha visto "avalada con la sentencia absolutoria para todos".

El anterior delegado tampoco entiende que "un grupo de personas haya querido hacer presión y críticas con una denuncia por un aspecto que no existía", cuando el camino es el del diálogo, el de sentarse y debatir.

Entre otros aspectos la sentencia establece que:

-Sobre si en la zona en la que construyó Circulo Agroambiental SL existían praderas de Androcymbium europaeum y después no volvió a nacer, sólo existen tres testigos, uno "no era profundo conocedor de la zona", el segundo ratifica que "mantiene un número semejante de "Androcymbium europaeum", y un tercero que contradice al anterior, pero que "por su forma de sus respuestas" y sus "duras manifestaciones contra los responsables de la Delegación de Medio Ambiente", no merece credibilidad al juez.

- A ello se suman las declaraciones de la experta Rodríguez Hiraldo, que apoya el cuidado de la Consejería, y la replantación del Androcymbium europaeum llevada a cabo al fin de las obras. Además, el profesor Monte de la UAL confirmó que no se trata de una especie en peligro de extinción, sino que "en la provincia puede haber alrededor de 12 millones de ejemplares".

El fallo del juez es el siguiente:

- Absuelve a Jesús Aragón García del delito contra el medio ambiente del que se le acusa.

- Absuelve a Juan José Luque Ibáñez, José Guirado Romero y Rosa María Mendoza Castellón de los delitos de prevaricación en relación con otro contra el medio ambiente y de omisión de perseguir determinados delitos que se les acusa, con declaración de oficio de un cuarto de las costas procesales y expresa imposición de la mitad las costas a los querellantes.

- Absuelve a Ramón Huesa Gallardo del delito de encubrimiento que se le acusa, con expresa imposición de un octavo de las costas procesales a los querellantes.

 

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