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Salinas de Terreros Las Salinas de Terreros, lindando con la vecina provincia de Murcia y junto al núcleo turístico de San Juan de los Terrenos en el municipio de Pulpí, constituyen quizás el más desconocido de los aguazales almerienses. Ocupan una extensión aproximada de 37,4 ha de terrenos inundables Las primeras noticias sobre la explotación y puesta en funcionamiento de este saladar se remontan al año 1923, continuando en actividad hasta 1974. En el plan de labores correspondiente a este último año, la extracción anual fue de 3.000 tm de sal bruta. Aunque durante este período el agua era bombeada desde el mar, en la actualidad tan solo el agua procedente de precipitaciones las inunda parcialmente, propiciando la aparición de diferentes especies de ornitofauna acuática.
El tipo de suelo donde se asientan estas salinas (Solonchaks) se caracteriza por su alto gradiente de salinidad, profundidad y humedad en prácticamente todo su perfil, presentando en superficie afloramientos salinos. Sobre estos terrenos, totalmente improductivos en el ámbito agrícola, se desarrollan comunidades de vegetación halófila de gran interés ecológico. Entre estas destaca la presencia del Garbancillo (Halocnemum strobilaceum; Fig. 13), especie existente tan solo en esta localidad dentro de Andalucía, donde ha sido olvidada por los responsables del Catálogo Andaluz de Flora Amenazada, y que constituye una de las principales características biológicas de este saladar.
El conjunto ornítico constituye el grupo de vertebrados más abundante y diverso. La mayor parte de las especies detectadas en las salinas utilizan la localidad durante sus trasiegos migratorios, de forma habitual u ocasional, como área de reposo, de alimentación o de nidificación, dependiendo de sus requerimientos específicos. La presencia de aves acuáticas, con 53 especies detectadas, está relacionada directamente con los regímenes de precipitaciones. Así, durante los años lluviosos, cuando se encharcan parcialmente las salinas, se producen concentraciones importantes de diferentes especies. Por ejemplo, durante 1989 se llegaron a concentrar más de 200 Flamencos comunes (Fig. 8) entre los meses de septiembre y octubre. En estos períodos son frecuentes las observaciones de diferentes anátidas, como el Silbón europeo, el Ánade azulón, el Cuchara común, la Cerceta común o el Porrón europeo. También se producen pequeñas concentraciones de ardéidos como la Garza real, la Garceta común y la Garcilla bueyera. El grupo más heterogéneo es el de las limícolas que ocupan las pequeñas playas que bordean los charcones. Entre las más abundantes destacan diferentes especies de archibebes (Fig. 9), chorlitejos, cigüeñuelas, correlimos, combatientes y agujas. Las gaviotas utilizan la localidad como reposadero, destacando entre otras especies la presencia de la Gaviota de Audouin (Fig. 6). Las únicas especies que nidifican de forma habitual son el Chorlitejo patinegro y el Alcaraván común, aunque siendo esta última especie de carácter más estepario. Pero en general, tanto la riqueza como la abundancia de especies aumenta proporcionalmente al grado de inundación del medio. En este sentido, durante los años lluviosos se produce un considerable aumento en las parejas de acuáticas que crían en la localidad.
Actualmente las Salinas de Terreros carecen de ningún estatus de protección, lo que no deja de ser paradójico al tener en cuenta sus especiales características de flora y fauna. En cuanto a la primera, la Directiva Hábitats cataloga en su Anexo I como hábitats de interés comunitario a las fitocenosis de Garbancillo. Teniendo en cuenta esto y el área de distribución y la ecología de este tipo de matorrales halófilos, es de suma importancia para el mantenimiento de la biodiversidad natural en el Sudeste ibérico la conservación de este tipo de ecosistemas. En cuanto a las comunidades de fauna, de las 81 especies registradas en la localidad, el 33,3% están incluidas en el Anexo I de la Directiva Aves (79/409/CEE), “sobre Conservación de Aves Silvestres y especies incluidas en la propuesta de aplicación de dicho Anexo presentes en España como nidificantes, invernantes o en migración”. Esta situación podría ser motivo suficiente para la toma de las medidas legales oportunas que garanticen la protección y conservación de este singular hábitat. En la actualidad, la titularidad de los terrenos corresponde al Ayuntamiento de Pulpí y a la empresa IMES, S. A., destacando la existencia de espacios de dominio público como el cauce de la Rambla de los Pérez, la Cañada Real de la Costa y parte de la franja costera donde se asienta. La intención de construir un campo de golf en la zona implica la recalificación de los terrenos como suelo urbano por parte del ayuntamiento. Tal actuación destruiría irremediablemente este ecosistema mediterráneo de indudable valor, vulnerando la legislación ambiental que prevé la protección y conservación del mismo. La creación de una figura de protección legal como puede ser la de Reserva Natural Concertada, garantizaría la salvaguarda de su hábitat y permitiría actuar, tanto en el plano de la protección ambiental, como en la ordenación de las actividades de uso público (Matamala et al., 2001). |